Subsidio
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Detalle
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Requisitos
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GASTOS FUNERARIOS | Busca facilitar parte de los recursos para cubrir los costos surgidos por el fallecimiento del asociado y de las personas a su cargo debidamente inscritas en el formulario de admisión o en el último reporte de novedades. | A. solicitud escrita. B. Registro Civil de defunción. C. Si el beneficiario del subsidio es una persona distinta al asociado, original del registro civil de nacimiento que pruebe el parentesco o la calidad de cónyuge. Si el beneficiario no tiene parentesco ni es cónyuge supérstite del asociado fallecido deberá estar inscrito como beneficiario en el formulario de admisión. D. Si quien reclama lo hace a nombre de un menor, documento que acredite la representación legal. E. Fotocopia de la cédula de ciudadanía. F. Si es para incapacidad certificaciones de la incapacidad expedidas por la EPS correspondiente. |
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O MUERTE DEL ASOCIADO | Se otorga al asociado por incapacidad total y permanente o en caso de su fallecimiento, a las personas beneficiarias designadas por él en el formulario de admisión o en el último reporte de novedades. | |
CALAMIDAD DOMESTICA COMPROBADA | Se entiende por calamidad doméstica todo hecho imprevisto que afecte gravemente la salud del asociado o de las personas a su cargo, o cause graves daños en los bienes del asociado. | A. Subsidio por Salud: solicitud escrita, certificación original o fotocopia autenticada de la EPS de que no cubre los gastos, original de las facturas de los elementos adquiridos, gastos ocasionales o de los servicios recibidos. B. Subsidio de Daño a bienes: solicitud escrita, fotos, declaración juramentada de que el bien no está asegurado y acreditación a satisfacción de Cornotare del valor estimado de las pérdidas, por incendio de la casa de propiedad y habitación del asociado: constancia del cuerpo de bomberos. Por vendaval, terremoto, huracán o inundación que haya tenido origen en fenómenos naturales que afecte la casa de propiedad y habitación del asociado: constancia de las autoridades competentes. |
EDUCACION SUPERIOR | Se otorgará al asociado o a uno de los beneficiarios de los servicios inscritos ante CORNOTARE para financiar parte de la matrícula para estudios superiores (pregrado o posgrado) y para el pago de los derechos de grado, siempre y cuando el beneficiario del subsidio no reciba becas, subsidios o auxilios de otra Institución o Empresa. | A. Solicitud escrita. B. Original firmado del certificado de calificaciones del semestre inmediatamente anterior; con promedio aritmético igual o superior a cuatro punto cero (4.0). - Si el subsidio es para el pago de derechos de grado, deberá aportar certificado de notas de toda la carrera. Si ya ocurrió la graduación debe aportar fotocopia del diploma y acta de grado. C. Fotocopia del recibo de matrícula del semestre en curso o del pago de los derechos de grado. *Monto: El subsidio para educación superior, será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor pagado por el semestre en curso y máximo hasta seiscientos mil pesos ($600.000.oo) m/cte. por año. D. Copia del pensum general de la carrera, para comprobar que las materias sobre las cuales se obtiene el promedio corresponden a la totalidad de la carga académica, que debe haber sido cursada en forma completa. E. Si estudia por créditos, certificación expedida por el ente educativo donde conste que la carga académica esta nivelada hasta el semestre cursado en el periodo lectivo inmediatamente anterior. F. Si se trata de subsidio para los hijos no deben haber cumplido 25 años y debe anexar registro civil de nacimiento, para verificar la edad y el parentesco con el asociado. G. No se deben tener materias perdidas ni atrasadas. H. Rut del asociado. I. Certificación bancaria. |
Pensionados |
Los asociados que se pensionen, pueden continuar asociados en la categoría pensionados con los mismos derechos y deberes, pueden solicitar un período de gracia mientras reciben su primera mesada pensional para reiniciar el pago de sus obligaciones. Además de lo anterior podrán disponer del 50% de los ahorros permanentes obligatorios siempre y cuando no estén comprometidos respaldando obligaciones vigentes. |
Asociados más de 5 Años |
Los asociados que llevan más de cinco años de afiliación ininterrumpida y se retiran de la oficina que les dió derecho a afiliarse, pueden continuar como asociados con los mismos derechos y deberes. Además podrán disponer del 50% de los ahorros permanentes obligatorios siempre y cuando no estén comprometidos respaldando obligaciones vigentes. |
Requisitos Documentos Básicos
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1. Solicitud de Crédito. 2. Libranza (firmada por el solicitante, codeudor o codeudores cuando se requiera y el pagador)
3. Pagaré (Firmado en blanco, por el solicitante y codeudor(es))
4. Certificación de sueldo, descuentos, tiempo de servicio, cargo y tipo de contrato del solicitante y el (os) codeudor (es) con fecha de expedición no mayor a 30 días. (Del solicitante y codeudor o codeudores cuando se requiera). En caso de ser notarios subsidiados último desprendible de subsidio, los no subsidiados anexar tres últimos reportes de ingresos y egresos hechos a la Superintendencia.
5.Carta de compromiso (Asociados más de 3 años y pensionados) 6.Carta de aceptación 7. Empleados de la Superintendencia 3 últimos desprendibles de pago de nómina.
NOTA:Los documentos complementarios dependen de la línea de crédito, cuantía solicitada y garantía.Todos las solicitudes serán consultadas en las Centrales de Información Financiera. Los asociados que soliciten créditos por cuantías iguales o superiores a 70 millones de pesos, deben practicarse exámenes médidos para ser incluidos en la póliza de seguros de vida deudores (antes del desembolso del crédito). |
Garantías
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De acuerdo con el monto toda solicitud de crédito deberá ser emitida acompañada de un pagaré firmado por el deudor principal y una de las siguientes garantías: | |
Monto del Crédito | Garantías |
El equivalente a 5 S.M.M.L.V. más ahorros permanentes obligatorios, aportes sociales individuales y ahorros voluntarios. | Sin codeudor y se respaldará con: ahorros permanentes obligatorios, aportes sociales individuales y ahorros voluntarios "SIEMPRE Y CUANDO NO POSEA OTRO CREDITO YA GARANTIZADO CON ESTOS VALORES" |
De 5 a 10 S.M.M.L.V. | Un codeudor afiliado, o uno no afiliado con finca raíz y dependencia laboral a término indefinido. |
De 10 a 20 S.M.M.L.V. | Dos codeudores afiliados, uno con finca raíz o dos particulares con finca raíz y dependencia laboral a término indefinido. |
De 20 S.M.M.L.V. en adelante. | Garantía Real " Pignoración de vehículo con una antigüedad máxima de 5 años o hipoteca abierta de 1er grado". Sólo para los créditos de vivienda/liberación de gravámen se acepta como garantía la cesión de hipoteca de una entidad financiera siempre y cuando se haya derivado de la compra del inmueble. |
Pignoración Vehículo
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1. Fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo. |
Nota: 1. Vehículo particular nuevo: se presta máximo el 70% del valor comercial. 2. Vehículo particular usado: se presta el 50% y se toman como base los precios publicados por la Revista Motor y avalúo comercial. 3. Vehículo de servicio público: se reciben como garantía si son cero (0) KM. 4. Para girar el cheque debe presentar póliza de seguro contra todo riesgo como primer beneficiario CORNOTARE, prenda registrada y tarjeta de propiedad con la respectiva pignoración. |
Créditos con Garantía Hipotecaria
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1. Fotocopia simple de la escritura del inmueble a hipotecar (La hipoteca debe ser en primer grado). 2. Certificado de tradición y libertad. (30 días de expedición máximo). 3. Inmuebles nuevos: no requiere avalúo y se tomará como base el precio de compraventa. 4. Inmuebles usados: Avalúo comercial del inmueble a otorgar en garantía (efectuado por un perito avaluador de la Lonja de Propiedad). 5. Ultimo recibo de pago de impuesto predial del inmueble a hipotecar. 6. Inspección ocular que la realizará una persona designada por CORNOTARE. NOTA: CORNOTARE presta máximo el 70% del valor comercial del inmueble dado en garantía. |
LINEAS DE CREDITO
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Modalidad | Monto Máximo millones de $ | Plazo Máximo en Meses |
MINI-CREDITO | 4 S.M.L.M.V | 12 |
SOCIAL | 6 S.M.L.M.V | Para ingresos mensuales inferiores o iguales a 2 S.M.M.L.V. 24 meses. Para ingresos superiores a 2 S.M.M.L.V. y menores o iguales a 3 S.M.M.L.V. 12 meses. |
ASAMBLEA | Se define por los gastos generados por asistencia | Define la Junta Directiva |
LIBRE INVERSION | 250 S.M.L.M.V | 60 |
8X1 | Ocho veces los ahorros permanentes obligatorios más los aportes sociales individuales, sin exceder 250 S.M.L.M.V |
60 |
ROTATIVO | 1 S.M.L.M.V. inicialmente ampliable a $1.000.000 Con la Tarjeta de Afinidad | 6 |
CALAMIDAD | 7 S.M.L.M.V. |
36 |
VACACIONAL | 15 S.M.L.M.V. | 24 |
EDUCATIVO | 8.5 S..M.L.M.V. pregarado y 17 S.M.L.M.V. Especialización | 12 |
24 en caso de que sea solicitado para especializaciones. | ||
SALUD | 4 S.M.L.M.V. | 24 |
VIVIENDA compra, construcción, cuota inicial y liberación de gravámenes | 250 S.M.M.L.V sin que exceda el 70% del valor comercial del inmueble | 180 |
DESARROLLO EMPRESARIAL | Hasta el 70% del valor comercial del proyecto, sin exceder de 200 S.M.L.M.V. |
60 |
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